Sobre la nacionalidad de un isleño.

Hace un mes, en fecha cercana al aniversario de la derrota de 1982, tomaban estado público una serie de situaciones relacionadas con el otorgamiento de un documento argentino a un nativo de Malvinas.

La información ganó espacio en las esferas gubernamentales mientras que -en el sur- viejos vecinos recordaban los muchos malvineros que obtenían su documento nacional, y sobre el tema coloco aquí un escrito de Alberto Arturo Noal para su revista Consecuencias, donde se alude a la persona de Sara McPhee de Sutherland.

Pero además urgando en una plano más nacional, con intervención del Ministerio de Guerra, aparece el enrolamiento de Walker, vecino de San Julián nacido en Malvinas, donde con la intervención de una certificación de una iglesia, se reconoce su ciudadanía argentina habiendo nacido en el espacio en litigio. Del tema se ocupó Alfredo Palacios por 1934, habiendo acontecido lo aquí descripto en 1927. Recordando que no fueron los nacionalistas los primeros que se ocuparon de las reivindicaciones malvineras.

Nacionalidad de un isleño. De Justo a Gallardo. 6 de mayo de 1927.

República Argentina.

Ministerio de Guerra.

Capital Federal, 6 de mayo de 1927.

Señor Ministro: Tengo el honor de dirigirme a vuestra excelencia acompañando el expediente W.20.668 iniciado por el comando de la 2da división del ejercito, con motivo del enrolamiento del ciudadano Juan Walker, nacido en las Islas Malvinas.

Este Ministerio entiende que, considerándose a las Islas Malvinas parte integrante del territorio de la República y no existiendo allí oficinas enroladotas, corresponde el enrolamiento como argentino al ciudadano que se presente y manifieste el deseo de enrolare ante cualquier oficina enroladora del país, siempre que presente el documento habilitante de su nacimiento, como en este caso lo hace el ciudadano mencionado.

Por si no fuera éste el criterio con que debe encararse el asunto, es que consulto a vuestra excelencia el punto, a fin de dar las instrucciones pertinentes para los casos que se presenten en el futuro.

Saludo a vuestra excelencia con mi consideración más distinguida.

AGUSTIN P. JUSTO.

A S.E. el señor Ministro de Relación Exteriores y Cultura, doctor Ángel Gallardo.

Telegrama

29 de abril de 1927

Comandante 2da división del ejército

Campo de Mayo.

Jefe oficina enroladota San Julián remite telegrama Nro 121, que dice así: Ciudadano Juan Walker, clase 1903, nacido en las Islas Malvinas, preséntase hoy esta oficina con partida nacimiento extendida por el Pastor iglesia escocesa de San Andrés de Buenos Aires, solicitando ser enrolado considerándose argentino. Solicito temperamento a seguir.

Capitán Gómez

Jefe D.M. 26

Buenos Aires, mayo 14 de 1927.

Pase a dictamen del señor Consejero Legal, doctor Isidoro Ruiz Moreno.

RESTELLI

Debe considerarse ciudadano argentino. Dictamen del Consejero Legal. I. Ruiz Moreno. 20 de mayo de 1927.

Excmo. Señor. Debe ser enrolado don Juan Walker como ciudadano argentino, en virtud de haber nacido en las Islas Malvinas.

El gobierno argentino ha considerado y considera esas islas como parte del territorio argentino, y la circunstancia de que a causa de un acto de fuerza, se haya mantenido una situación de hecho que impida a la República Argentina hacer efectivo el ejercicio de su soberanía, no obsta para que siga teniéndose a aquéllas como parte integrante de su territorio.

Don Juan Walker es, pues, ciudadano argentino, ha presentado una partida de nacimiento emanada de autoridades de la Iglesia Escocesa de San Andrés, de esta Capital, y, más aún, ha solicitado ser enrolado como ciudadano argentino (Art.1, inc 1. de la ley 346)

Buenos Aires, mayo 20 de 1927

I.RUIZ MORENO.

Buenos Aires, mayo 23 de 1927.

Con el presente dictamen del Consejero Legal doctor Isidoro Ruiz Moreno, que este Departamento hace suyo, vuelva al Ministerio de Guerra déjese copia.

A.GALLARDO.

Del general de brigada Eduardo Fernández Valdés. Director General de Personal, al S.E. al Señor Ministro de Guerra.

Cumplimentando la resolución de fojas 2, elevo a vuestra excelencia el presente expediente informando que el causante ciudadano Juan Walker (C. 1904 M 1.516.465 DM 26) ha sido enrolado por la oficina enroladota de San Julián (Santa Cruz), utilizando al efecto una información sumaria otorgada por el juzgado de Paz de la localidad de referencia.

Buenos Aires, 10 de abril de 1934.

EDUARDO FERNÁNDEZ VALDÉS.

General de brigada, Director General de Personal.

Alfredo Palacios. Las Islas Malvinas. 1934, páginas 159 a 161.

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